Opinión

Plan Estatal o Agenda Legislativa del ejecutivo

Carlos Ordóñez

Analizando la propuesta de Plan llama la atención la inclinación por la vocación legislativa que tendrá este nuevo gobierno.

En el Plan Estatal, cada uno de los ejes, plantea cifras incompletas y sin un diagnóstico georreferenciado de la problemática, con objetivos vagos y extremadamente generales; los apartados legislativos del Documento hacen una mención de reformas a leyes específicas y en varios casos establecen incluso las fechas de presentación de iniciativas con el nombre específico del Gobernador del Estado.

Si bien el jefe del Gabinete en su presentación del Plan al Congreso del Estado mencionaba que el documento es un trabajo de Estado, para todos los niveles; también debemos observar que dista mucho de ser un documento de Planeación. Es más, en gran parte pareciera más bien el informe por los seis meses del Gobernador del Estado.

Además, en dicho documento queda plasmada la ya mal estructurada relación entre Poderes, ya que marca sin consultar previamente a las diputadas y diputados el rumbo de la agenda legislativa, no sólo de la presente legislatura, sino de la próxima que aún la ciudadanía no elige ni evalúa.

En el  del Plan Estatal podemos constatar que se ha perdido de plano la coordinación entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo en materia de aprobación de normas. El Plan Estatal espera que sean las siguientes dos legislaturas, las que estén a las órdenes y expectativas del Poder Ejecutivo para la aprobación de sus proyectos.

Aquí debemos tener aún mayor cuidado con lo que respecta al respeto del Estado de Derecho; especialmente porque son ya varias personas titulares de alguna dependencia de gobierno, las que expresan que impulsarán ellas las reformas. Sin embargo, y es algo que debemos tener todos claros, la facultad de impulsar reformas y leyes son exclusivas del Gobernador o la Gobernadora del Estado, del Poder Legislativo, del Poder Judicial a través del Pleno, de los Ayuntamientos y de la ciudadanía organizada. Esto no es una invención de quien redacta esta columna, está estipulada en el artículo 68 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua.

En ningún momento la Ley permite o autoriza a los secretarios y secretarias a redactar normas para enviarlas para su aprobación. Algunos de estos titulares incluso ya se vieron en el proceso de foros ciudadanos en pro de una mejor legislación. Pero me cuestiono, ¿qué los hace diferentes de la escena en la famosa Ley de Herodes, en la que el presidente municipal por su propio mérito modifica la Constitución a su conveniencia?

Lo que se espera de los administradores no es que busquen tener normas ad hoc a sus intereses, sino que cumplan y hagan cumplir los ordenamientos legales. Sólo existe una instancia en la estructura administrativa facultada para promover normas y es la que se encuentra en relación directa con el despacho del Gobernador: la Secretaría General de Gobierno.

Si bien el Gobernador puede establecer ciertas iniciativas o modificaciones como prioritarias para su estructura de gobierno, porque el Plan Estatal de Desarrollo no considera entonces, bajo las atribuciones dadas al Poder Ejecutivo, las iniciativas preferentes.

Lo más preocupante del Plan Estatal o la Agenda Legislativa del Poder Ejecutivo, es que sean nulos los documentos normativos y reglamentarios que se encuentran pendientes de elaboración y publicación. Por ejemplo, en el eje de Desarrollo Social y Humano, menciona reformas a la Ley de la materia, pero omite la aprobación del Reglamento que lleva más de 10 años esperando su publicación, dejando sin capacidad de operación de derechos sociales de las personas como la contraloría social y los recursos de inconformidad para aquellos a los que se les niega el acceso a los servicios públicos.

Por otro lado, sigue sin existir un reglamento a la Ley de Patrimonio Cultural, o la gran cantidad de reglas de operación de programas y proyectos que siguen en el tintero u olvidados. ¿Por qué existe desviación de fondos, porqué seguimos sin contar con reglas de operación de los programas?

Eso no está en el Plan Estatal de Desarrollo, quizá porque es más sencillo mirar al Poder Legislativo crear leyes a conveniencia del gobernador del Estado, y luego aplicar la norma que yo considero más conveniente. Esto en teoría del estado y en la opinión pública se le llama dictadura. Así que debieron tener más cuidado en la redacción del documento.

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