El sacerdote Aristeo Baca debe pagar los costos de la vivienda de su arraigo domiciliado y será vigilado con brazalete electrónico
Por el caso del sacerdote acusado por abuso sexual y el tema de su arraigo domiciliario, la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 1 de marzo publicó una tesis aislada que trata de la discusión sobre el interés superior de la infancia y la adolescencia, así como el de la presunción de inocencia y el derecho al debido proceso del imputado, resolviendo que se debía respetar el debido proceso penal.
Respecto al caso del sacerdote acusado por abuso sexual, se le cambiaron las medidas cautelares, que fue de prisión preventiva a arraigo domiciliario, debido a una audiencia de revisión de medidas cautelares que solicitó su abogado Manuel Norberto Cortez, y el juez Félix Aurelio resolvió otorgarle el arraigo domiciliario por su edad y su cuadro de salud.
En este sentido la decisión causó descontento en la sociedad, pues se pidió que el sacerdote volviera a prisión preventiva.
Sin embargo, el 01 de marzo del presente año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó la tesis aislada 902/2014, la cual hacía referencia a un caso similar donde se habla del interés superior de la infancia y la adolescencia, así como el tema de la presunción de inocencia, defensa adecuada y debido proceso penal de la persona imputada.
El documento establece que se deben respetar los derechos humanos al debido proceso penal, esto en armonía con la tutela de ambas partes, pues es admisible que bajo el motivo de tutela de la persona identificada como víctima puedan vulnerarse los derechos de la persona imputada, inclusive bajo el interés superior de la infancia y la adolescencia.
Es así como la corte resolvió el caso, y en la situación específica del sacerdote Aristeo Baca se sabe que el 24 de febrero se le concedió el arraigo domiciliario, pero fue trasladado hasta dos días después, por lo que su hermana Elva Albina Ávalos Baca interpuso una queja en la Comisión de Derechos Humanos por abuso de autoridad por la privación ilegal de la libertad. Por otra parte, el cura fue trasladado al domicilio donde llevará el arraigo el 26 de febrero.
Su vigilancia será a través de un brazalete electrónico que el Tribunal Superior de Justicia estará vigilando, el arraigo estará mientras dure el proceso. Es de recordar que habían dado 2 meses para el cierre de las investigaciones para luego dar paso al juicio de intermedia, donde la persona acusada podrá optar por un procedimiento abreviado, que es la parte en la que asume la responsabilidad, o puede irse a juicio oral.
Aristeo Baca se encuentra actualmente en una casa particular, la cual de acuerdo con la vocera del Tribunal Superior de Justicia se consiguió a través de un préstamo. Al estar en arraigo domiciliario no podrá salir a ningún lado, no puede quitarse en ningún momento el brazalete y en caso de que lo hiciera las autoridades llegarían inmediatamente a revisar y luego sería aprehendido. Una de las sanciones sería quitarle el arraigo domiciliario como medida cautelar.
Durante el arraigo puede estar solo o acompañado, según sea la determinación de sus familiares. Los gastos corren a cargo del clérigo.
Por otra parte, de acuerdo con las “líneas guía del procedimiento a seguir en caso de abuso sexual de menores por parte del clérigo”, el sacerdote está separado del ejercicio del ministerio o de un oficio.