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Vigente ley antimordida, cada oficial debe portar videocámara y más

El 15 de enero de 2020 entraron en vigor las reformas realizadas a la Ley de Vialidad y Tránsito vigente para el estado de Chihuahua, en la cual tuvieron algunos cambios 14 artículos, de acuerdo con el decreto número LXVI/RFLEY/0617/2019.

Entre algunas de las reformas está la hecha al artículo 15, donde se reformaron las fracciones VII y IX, además de añadir una fracción X, en las cuales se indica que los comandantes y oficiales podrán solicitar a conductores y conductoras les muestren los documentos inherentes a la conducción y tránsito de vehículos; además de que podrán retirar los vehículos de circulación y ordenar la detención de las y los conductores en caso necesario.

Aunque ahora la ley indica que cada oficial debe cargar con una cámara, no tienen los aparatos aún.

También, indica que deberán portar una videocámara portátil, es decir, ahora están en obligación de grabar todo lo que sucede durante su turno. Sin embargo, Javier Palacios Reyes, comisario jefe de la División de Policía Vial, explicó que hasta el momento sólo cuentan con 107 cámaras y les faltan más de 500 elementos con estos aparatos.

En caso de que la o el conductor sea detenido, el inciso b, del artículo 93 también ha sido reformado, y en él se indica que el procedimiento en su contra debe ser en una sola audiencia, donde la o el oficial calificador recibirán los elementos de prueba, escuchará a la persona infractora y dará la resolución. Además de que estas audiencias serán videograbadas, y se podrá solicitar copia del audio y video.

En el artículo 16, que fue reformado en su fracción IV, señala que los oficiales calificadores deben contar con título de grado de licenciatura, registrado ante la Dirección Estatal de Profesiones; así como tener los conocimientos necesarios para desempeñar adecuadamente su función.

En cuanto al artículo 101, donde la fracción VI fue adicionada con un segundo párrafo, dice que los vehículos sólo podrán ser retirados de la circulación por las autoridades de tránsito si la o el conductor está en estado de intoxicación por alcohol, drogas u otras sustancias. Sin embargo, si va acompañado o acompañada por alguien que sí se encuentre en condiciones de conducir, se le puede entregar el automóvil en ese momento.

Consulta la ley completa de vialidad y tránsito para el estado de Chihuahua

Es necesario que la ciudadanía empiece a acercarse más a sus leyes, por lo que si deseas leer la ley completa de tránsito y vialidad puedes consultarla en esta liga y así conocer por completo tus obligaciones y derechos.

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