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Prófugos de la justicia podrán buscar perdón a su delito. Entra en vigor Ley de Amnistía

Delitos como la posesión, manufactura y traslado de droga, el robo simple o la sedición, podrán a partir de ahora otorgárseles amnistía, para que quienes los hayan cometido queden en libertad, aun cuando se encuentren sustraídas a la acción de la justicia.

El decreto de la Ley de Amnistía, publicado en el Diario Oficial de la Federación, y firmado por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, asegura la libertad a las personas que han cometido ciertos delitos, siempre y cuando no sean reincidentes.

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Compuesta por 8 artículos y 5 transitorios, indica que de los delitos que pueden aplicar a la amnistía está el aborto cuando se imputa a la madre del embarazo que ha sido interrumpido o al personal médico, cirujano, comadronas, parteras u otros que hayan auxiliado. También cuando la imputada sea la familia de la madre cuyo embarazo fue interrumpido.

Además pueden aplicar las personas indígenas que no hayan gozado de la atención plena a sus derechos como el uso de intérpretes.

En el caso de quienes están en prisión por delitos contra la salud, la amnistía aplicará para las personas que transporten, manufacturen o planten drogas, siempre y cuando el delito se haya cometido en situación de pobreza o extrema vulnerabilidad por condición de exclusión y discriminación o por tener una discapacidad. Ésta también es para personas indígenas.

El robo simple y sin violencia es otro de los delitos que podrán ser perdonados. Y los de sedición, es decir, todos aquellos que están en prisión por haber incitado al derrocamiento del gobierno o con el propósito de alterar la vida constitucional.

El derecho de amnistía deberá ser solicitado por las y los abogados de las personas imputadas, así como por sus familiares. Y el proceso será determinado por la comisión y decidido por un o una jueza.

Aunado a esto, todas aquellas personas que estén imputadas de alguno de estos delitos, pero se encuentren prófugas, también podrán aplicar a la petición de amnistía, la cual deberá ser resuelta en alrededor de cuatro meses.

De los delitos que no pueden entrar al goce de esta ley son aquellos cometidos contra la vida o la integridad corporal (excepto el aborto), ni secuestros o cuando haya habido uso de armas de fuego.

¿Quieres conocer la Ley de Amnistía?

¿Qué opinas sobre la ley de amnistía?, si quieres consultarla completa puedes entrar al Diario Oficial de la Federación  para enterarte de más detalles.

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