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Tras 9 años de la reforma constitucional, nuestras leyes mantienen una grave discriminación normativa: Jaime

El artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, indica que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos por la constitución y por los tratados internacionales de los que México sea parte, sin ninguna distinción. Sin embargo, en el estado de Chihuahua continúa una discriminación normativa.

Por lo que todas las autoridades, de acuerdo con sus competencias, están obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Y el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos.

“La defensa de los derechos humanos debe llevarnos a todas las personas al goce de todos los derechos”. –Lic. Jaime Alberto Rodríguez Morales.

Es decir que los derechos humanos deben ser aplicados a todas las personas, no sólo a la mayoría, ni dejando a las minorías o a ciertos grupos de lado, explicó el abogado Jaime Alberto Rodríguez Morales, en su conferencia “Estigmatización por discriminación normativa contra el colectivo LGBTI en materia familiar en el estado de Chihuahua”.

Mencionó que, para comprender la necesidad de defender el derecho al matrimonio igualitario, primero debemos tener en cuenta el grado de discriminación normativa, es decir, las leyes, que existe en torno de este tema.

Y para hacerlo debemos tener en cuenta que hay un artículo, el 133, que indica que la Constitución, las leyes que salen del Congreso de la Unión y todos los tratados internacionales son la ley suprema de nuestro país; así que sin importar las leyes de cada estado, se debe acatar primero este artículo, el cual ofrece protección de derechos humanos a todas las personas.

Esto debido al amparo indirecto 172/2018, el cual presentaron en contra de las leyes del estado de Chihuahua una pareja de mujeres chihuahuenses, quienes indicaron inconstitucional el artículo 134 del Código Civil, el cual dice que “el matrimonio es el acuerdo de voluntades entre un hombre y una mujer para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua, con la posibilidad de procrear hijos de manera libre, responsable e informada. Este acto debe celebrarse ante los funcionarios que establece la Ley y con las formalidades que ella exige”.

Sin embargo, el Juzgado de Distrito sobreseyó el amparo, porque aseguraron que no había un fundamento constitucional que estableciera la obligación de legislar acerca del artículo 134.

Ante esto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a donde el Tribunal Judicial envió el amparo de revisión 25/2019, aseveró que excluir a las parejas del mismo sexo al matrimonio significan tres tipos de discriminación: que las parejas del mismo sexo no tienen acceso al matrimonio, por lo tanto no pueden obtener los beneficios de éste y que además descarta a sus hijos e hijas.

Sostuvo por lo tanto que cualquier medida legislativa, su aplicación y/o interpretación que restringa el derecho a dos personas a contraer matrimonio por su orientación sexual es discriminatoria, pues no se justifica la negativa y es desproporcional, ya que el orden jurídico nacional reconoce y protege diferentes formas de familia. Además, señaló que el matrimonio no se fundamenta en la procreación, sino en los lazos afectivos, sexuales, de identidad, solidaridad y de compromiso mutuo de quienes desean tener una vida en común.

Es así como las leyes terminan cayendo una situación de discriminación en contra de ciertos grupos, cuando está establecido que esto no debe existir. Tus derechos deberían ser iguales a los derechos de otras personas.

Discriminación normativa por ser minoría

El licenciado Rodríguez, hizo énfasis en que la defensa de los derechos humanos por parte de un colectivo, grupo o minoría no significa sólo la lucha por estos, sino por todas las personas que se ven perjudicadas. Por lo que esta situación es un parteaguas para que más personas logren salir de la discriminación normativa.

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