El Instituto Nacional Electoral aprobó los lineamientos para que los partidos políticos atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razones de género, en la cual hace obligatoria la firma de la 3 de 3 contra la violencia.
El 19 de octubre se envió la solicitud para que el Instituto Nacional Electoral incluyera un mecanismo para la implementación de la propuesta 3 de 3 contra la violencia, la cual deberá ser firmada por aspirantes a las diferentes candidaturas, de buena fe y bajo protesta de decir verdad.
En ningún caso de violencia política contra las mujeres por razones de género se procederá a la conciliación y mediación.
Esta 3 de 3 contra la violencia indica que quienes aspiran a una candidatura no cuentan con antecedentes de denuncia, investigación y/o procesamiento, y en su caso haber tenido una condena o sanción mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.
Dos, no deberá contar con antecedentes de denuncia, investigación y/o procesamiento ni haber tenido condena o sanción por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.
Y tercero, no debe tener inscripción o registro vigente como deudor alimentario o moroso que atente contra las obligaciones alimentarias, a menos de que pueda acreditar que va al corriente con los pagos o que pague en su totalidad la deuda ante las instancias correspondientes.
Esto significa que, si alguien quiere postularse a algún puesto político, debe estar libre de denuncias, condenas o sanciones por violencia familiar o doméstica, sin importar si su caso fue antes de la vida pública. Y misma situación ocurre cuando se tiene denuncia, condena o sanción por delitos sexuales, en cualquiera de sus modalidades.
Y quienes son padres o madres de menores, y deban manutención, tampoco podrán firmarla, y por consiguiente no tendrán la oportunidad de contender por ningún puesto político, a menos de que pague la deuda en ese momento.
Estos lineamientos además buscan erradicar la violencia política contra las mujeres por razones de género, las cuales se entienden como toda acción u omisión, incluyendo la tolerancia, basada en elementos de género y ejercidos tanto en lo público como en lo privado, y las cuales atenten contra los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, por ejemplo, que les impidan a estas hacer su trabajo o tomar decisiones de acuerdo con su cargo.
Uno de los puntos más importantes es que antes de los registros de candidaturas, los partidos políticos y coaliciones están obligados a verificar en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género que las candidaturas no tengan condenas.
En el caso de la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, los partidos políticos están obligados a conocer, investigar, sancionar, reparar y erradicar estas conductas, para lo cual deberán contar con mecanismos y procedimientos que garanticen esto.
Las campañas políticas no deberán contener mensajes que constituyan violencia política contra las mujeres por razones de género, así como tampoco que reproduzcan o promuevan roles o estereotipos de género. Esto también se añade a las actividades, campañas y propaganda electoral.
Asimismo, se asegura la integración paritaria de liderazgos políticos de las mujeres en los partidos, y en el caso del financiamiento público, las mujeres no deben tener menos del 40% de éste con el que cuenta cada partido o coalición para actividades de campaña.
Para conocer sobre la violencia política contra las mujeres por razones de género, los partidos políticos deben facilitar la presentación y recepción de quejas y denuncias, ya sean físicas o por medios tecnológicos, para lo cual se debe asegurar que la atención sea pronta y gratuita, sin discriminación, prejuicios ni estereotipos de género, con respeto, sin revictimización, intimidación, amenazas u hostigamiento.
También se debe respetar la privacidad de la información personal y la confidencialidad, el proceso será imparcial y profesional, además de otorgar el apoyo psicológico, médico o jurídico cuando se requiera. Y en ningún caso de violencia política contra las mujeres por razones de género se procederá a la conciliación y mediación.
Las sanciones se determinarán de acuerdo con los términos establecidos en los estatutos de los partidos y con las leyes necesarias, además se deberá reparar el daño integral a la víctima.
Y de acuerdo con el análisis de riesgos y plan de seguridad, se deberán tomar las medidas de protección, las cuales siempre serán de urgente aplicación, ya que son precautorias.
Estos lineamientos van encaminados a los partidos políticos nacionales y locales, a sus órganos, a sus dirigentes, a sus representantes, militantes o afiliaciones, simpatizantes, cualquier persona que labore en ellos, precandidaturas o candidaturas postuladas, ya sea por un partido o en coalición. Puedes leer el archivo completo aquí.
Lineamientos contra la violencia no son la única novedad electoral
Algo nuevo en estas elecciones también es la participación política indígena que el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua ha establecido como obligatoria, por lo que deben haber candidaturas tanto para los ayuntamientos como para el Congreso del Estado.
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