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SCJN eliminó el delito de violencia política contra las mujeres en Chihuahua

A solicitud de Derechos Humanos, SCJN declaró inconstitucional el delito de violencia política en Chihuahua

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) ejerció por primera vez su facultad de solicitar acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte, para que fueran declarados inválidos los artículos 30, fracción V, y 198 del Código Penal del Estado de Chihuahua, donde se reconocía como delito la violencia política por razones de género.

El 27 de abril del 2020, en sesión virtual pública, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró procedente y fundada la acción de inconstitucional 80/2019 en la cual la Comisión Estatal de Derechos Humanos solicitaba eliminar del código penal, y por tanto perder categoría de delito, las acciones de violencia política contra las mujeres.

Entrará en vigor después de su publicación y será retroactivo desde el 16 de junio del 2019.

Durante el análisis realizado de la ponencia presentada por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, el pleno avaló la solicitud por unanimidad, pues ministras y ministros consideraron que el Congreso del Estado invadió funciones correspondientes al ámbito federal al legislar un tema del ámbito electoral.

Con lo anterior se declararon inconstitucionales dichos artículos del código penal, se ordenó su inaplicación retroactiva desde el 16 de junio del 2019, un día después de que la citada reforma fuera publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua.

La declaración de delito, al integrarse el tipo penal de violencia política por razones de género en el estado de Chihuahua fue impulsada por el Observatorio de Derechos Políticos de las Mujeres, luego de las diversas agresiones y desigualdades sufridas por candidatas, funcionarias electas y servidoras públicas después de lograr la aplicación y realidad de importantes reformas en el tema de paridad política en Chihuahua.

El tipo penal aprobado por el Congreso del Estado y publicado mediante Decreto No. LXV/RFLYC/0854/2018 entendía la violencia política por razones de género en diversos momentos de la vida política de las mujeres.

Más allá de considerar como únicamente las agresiones que reciben las candidatas a un puesto de elección popular, hacía un énfasis en las violencias que se presentan a raíz de las desigualdades del manejo del poder que enfrentan las mujeres durante la mayoría de sus momentos en el ejercicio de cargos públicos, al interior de partidos políticos y al expresar sus opiniones dentro del marco legal en espacios públicos.

Inicialmente la CEDH no usó como recurso de inconstitucionalidad la legislación sobre el ámbito electoral; sin embargo, haciendo uso de la atribución de suplencia de la queja, la ministra Esquivel consideró que el tipo penal en Chihuahua era demasiado amplio, con lo cual incluía los derechos como votar y ser votado, afiliación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del país, cuya penalización corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión.

Por su parte, el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Néstor Armendáriz, expresó que era un fallo histórico para la CEDH al ejercer por primera vez su facultad de solicitar la inconstitucionalidad. Agregó que la intención del órgano local al solicitar esta acción era ampliar la protección para las mujeres.

La ministra agregó que, con la reforma a la Ley General en Materia de Delitos Electorales, específicamente los artículos 3, fracción XV, y 20 Bis, las mujeres que ejercen sus derechos político-electorales en el estado de Chihuahua no quedarían desprotegidas con esta decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

¿Quieres escuchar el debate sobre esta acción de inconstitucionalidad?

A partir del minuto 47 de este video, publicado en el canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, podrás observar el análisis que realizó el Pleno sobre la acción de inconstitucionalidad del delito de violencia política por razones de género, que solicitó la Comisión Estatal de los Derechos Humanos del Estado de Chihuahua.

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